– Se congelan los montos de alquileres y los créditos hipotecarios. Hasta el 30 de septiembre de 2020 se deberá pagar el monto mensual que se abonó en marzo de este año. La disposición incluye a los créditos UVA.
– La medida recae sobre inmuebles destinados a vivienda única y que se encuentren ocupados e inmuebles alquilados por monotributistas, profesionales autónomos, MiPymes y Cooperativas de Trabajo o empresas recuperadas inscriptas en el INAES para la prestación de servicios, al comercio o a la industria.
– Se suspenden los desalojos por falta de pago en todo el territorio nacional hasta el día 30 de septiembre.
– Se prorroga, hasta la misma fecha, la vigencia de los contratos de locación cuyo vencimiento haya operado desde el 20 de marzo pasado.
– No podrán aplicarse intereses ni otras penalidades previstas en el contrato, tanto para el pago de la diferencia entre la cuota que hubiere debido abonarse según las prescripciones contractuales y la que efectivamente deberá pagarse por la medida, como para el pago de deudas.
Decreto 320/2020
Fuente: Ministerio de desarrollo productivo















