INAES unificó y digitalizó el régimen informativo para cooperativas y mutuales

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Redacción Economía Solidaria
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Se aprobó el nuevo “Sistema de Cumplimiento en Prevención de LA/FT/FP” que busca adecuar los regímenes informativos del sector a las exigencias regulatorias de la UIF y a los estándares internacionales del GAFI

El Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES) dictó la Resolución 1567/2026, mediante la cual certificó el nuevo ‘Sistema de Cumplimiento en Prevención de LA/FT/FP‘. Esta medida pretende adecuar los regímenes informativos del sector a las exigencias regulatorias de la Unidad de Información Financiera (UIF) y a los estándares internacionales del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).

La norma busca simplificar y unificar las obligaciones de las cooperativas y mutuales que revisten el carácter de sujetos obligados, reduciendo la carga administrativa mediante herramientas tecnológicas que interactúan entre sí y permiten la migración y carga automática de datos. Como contrapartida, se derogan formalmente las Resoluciones INAES 5588/2012 1863/2019.

Sujetos alcanzados

La medida recae sobre las entidades contempladas en la Resolución (UIF) 99/2023:

  • Cooperativas autorizadas a prestar el servicio de crédito o de gestión de préstamos.
  • Asociaciones mutuales autorizadas a prestar el servicio de ayuda económica mutual (con capital propio o fondos de ahorro de asociados) o de gestión de préstamos.

Obligaciones y documentación a presentar

Las entidades alcanzadas deberán presentar de forma anual una declaración jurada que contenga:

  • Constancia de inscripción vigente como sujeto obligado ante la UIF.
  • Datos de los Oficiales de Cumplimiento (titular y suplente), acompañando las constancias de inscripción ante la UIF y las actas de designación del órgano de administración.
  • Manual de Procedimientos de prevención de LA/FT/FP y el acta que acredite su aprobación interna.
  • Monto total bruto de préstamos otorgados por año calendario.
  • Datos identificatorios de representantes legales, gerentes, apoderados y/o autorizados con uso de firma.
  • Principales asociados: Información sobre la titularidad del capital social de los 20 principales asociados al 31 de diciembre de cada año (exclusivo para cooperativas).

La documentación relativa a la inscripción UIF, Oficiales de Cumplimiento y Manual de Procedimientos deberá ingresarse, además, mediante la plataforma de Trámites a Distancia (TAD).

Declaraciones juradas de PEP

Los integrantes de los órganos de administración y fiscalización de estas entidades deberán presentar obligatoriamente su declaración jurada sobre la condición de Persona Expuesta Políticamente (PEP), de conformidad con la Resolución UIF N° 35/2023 (y modificatorias). La misma se transmitirá electrónicamente por el nuevo sistema y se firmará digitalmente a través de TAD.

Plazos y vigencia
  • Vencimiento general anual: la información deberá remitirse dentro de los 20 días corridos posteriores a la finalización de cada año calendario.
  • Novedades: ante cualquier modificación de los datos declarados, la información deberá ser actualizada de manera inmediata.
  • Plazo de gracia inicial: la información de inicio requerida (tanto institucional como de PEP) tendrá que transmitirse dentro de los 90 días corridos contados desde la entrada en vigencia de la norma.
  • Vigencia: la Resolución 1567/2026 comenzará a regir a los 30 días corridos de su publicación oficial.

Fuente: Errepar

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