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Suspendieron a más de dos mil entidades asociativas en todo el país

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El Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES) dispuso el retiro de la autorización para funcionar a cerca de 2.000 cooperativas y mutuales por incumplimientos en la presentación de documentación institucional y contable. La medida fue formalizada mediante la Resolución 564/2026 y la Resolución 565/2026, publicadas este martes en el Boletín Oficial.

La sanción alcanza a las entidades incluidas en un listado anexo, luego de comprobarse que, según argumentó la medida oficial, no presentaron documentación asamblearia ni estados contables exigidos por la Ley de Cooperativas (Ley 20.337) durante un período que va desde febrero de 2017 hasta septiembre de 2024.

El proceso se inició a partir de un sumario administrativo abierto en 2024, que alcanzó a cooperativas que ya tenían suspendida su autorización para operar por incumplimientos formales y que, pese a las notificaciones realizadas, no regularizaron su situación.

El organismo resolvió aplicar la sanción prevista en el artículo 101 inciso 3 de la Ley 20.337, que implica el retiro de la autorización para funcionar. Además, se instruyó a las áreas competentes para que informen la medida a los organismos de control, a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y a las autoridades locales correspondientes.

Al mismo tiempo, el INAES exceptuó de la sanción a siete cooperativas que durante el proceso remitieron la documentación requerida y lograron regularizar su situación, por lo que recuperaron el estado vigente de funcionamiento.

La resolución también determinó que tres entidades continuarán bajo evaluación en otros procedimientos sumariales, mientras que el caso de una cooperativa quedó sin efecto por haber sido previamente sancionada con el retiro de su autorización en otra resolución.

Finalmente, el organismo aclaró que las entidades alcanzadas por la medida podrán interponer recursos administrativos o judiciales contra la decisión dentro de los plazos previstos por la normativa vigente.

Fuente: El destape

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