Las cooperativas comprendidas en las normas de prevención del lavado de activos deberán informar al INAES quiénes son sus 20 principales asociados según la titularidad del capital social registrada al 31 de diciembre de cada año. Las cooperativas y mutuales alcanzadas deberán declarar su inscripción como sujetos obligados, identificar a sus oficiales de cumplimiento titular y suplente y acreditar la aprobación de un manual interno para prevenir el lavado de activos, el financiamiento del terrorismo y la proliferación de armas.
También deberán informar el monto bruto anual de los préstamos otorgados y los datos de sus representantes legales, gerentes, apoderados y personas autorizadas a operar en nombre de la entidad. La identificación de los 20 principales asociados será exigida únicamente a las cooperativas.
Los integrantes de los órganos de administración y fiscalización tendrán que presentar una declaración jurada sobre su condición de personas expuestas políticamente. La documentación se presentará anualmente dentro de los 20 días corridos posteriores al cierre de cada año calendario y deberá actualizarse cada vez que se produzca una modificación.
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