A LAS ENTIDADES MUTUALES:
Se se firmó un acta acuerdo entre la representación gremial de UTEDyC y los dirigentes de las Confederaciones de Mutuales, regidas por el CCT nº 496-07, -cuya copia se adjunta-, el mismo establece un incremento salarial del 30 % calculado sobre los salarios básicos vigentes (se considera el salario de febrero más la suma no rem. incorporada al mismo), el cual será abonado en tres tramos: a) 10% a partir de 01/03/21, b) 10% a partir del 01/06/2021 y c) 10 % a partir del 01/08/2021. Esta diferencia tendrán carácter de no remunerativo excepto para el pago de los aportes sindicales y contribuciones solidarias y de obra social a cargo del trabajador/a y las contribuciones del empleador. Las dos primeras partes serán liquidadas como remunerativas a partir del 1º de agosto y el último tramo de incremento previsto desde agosto, se liquidará como no remunerativo y en septiembre se establecerá cuando serán liquidadas como remunerativas
Les recordamos la vigencia de la RG Nº 3.279-2012, que establece un régimen de información en relación con las retribuciones NO remunerativas, que los empleadores abonen a los trabajadores; esta información se genera en forma mensual, hasta la fecha de vencimiento para presentar el F. 931, en el micrositio “Declaración Jurada Informativa de Conceptos NO Remunerativos”, (DJNR), la cual, deberá presentarse también en los periodos que correspondan.
Acuerdo-Mar.-2021Silvia / Diana / German / Norberto Dichiara















