(Nota escrita en colaboración con el Dr. Diego Gabriel Petitto, del
ESTUDIO PETITTO ABOGADOS S.R.L.)
El Banco Central de la República Argentina (BCRA) avanza hacia la restitución del débito interbancario en cuentas para el cobro de préstamos de consumo, una herramienta que había sido eliminada en 2020 por la Comunicación “A” 6909. La medida fue anticipada por el director del BCRA, Pedro Inchauspe, durante el Argentina Fintech Forum del 11 de noviembre, y promete modificar de forma significativa la dinámica de cobranza en el sistema financiero y fintech.
Antecedentes: la restricción del año 2020
Hasta el año 2020, las entidades financieras y fintech podían debitar cuotas de préstamos desde cuentas bancarias de clientes en otras entidades (cobros off-us). Sin embargo, la Com. “A” 6909 prohibió esa operatoria, restringiéndola únicamente a débitos “on-us”, es decir, entre cuentas del mismo banco.
El cambio buscó en su momento reforzar la protección al consumidor y evitar abusos, pero dejó a las fintech y proveedores no financieros de crédito (PNFC) sin un mecanismo eficaz de cobranza automática, lo que elevó los niveles de mora y costos operativos en el sector. Estos mayores costos y una mora mayor a la experimentada en la etapa anterior, han incrementado lamentablemente incrementado los costos de acceso al créditos de los usuarios de servicios financieros.
¿Qué anunció el BCRA?
Según declaraciones de Inchauspe, el nuevo esquema volverá a permitir el débito interbancario —con otro nombre y nuevas reglas— dentro de un marco “más seguro y moderno”.
“Si todo va bien, dentro del próximo mes se restablecerá el débito interbancario con estándares actualizados de consentimiento y reversión”, adelantó el funcionario durante el evento.
La medida apunta a nivelar condiciones entre bancos y fintech, al mismo tiempo que busca reducir la mora en préstamos personales y mejorar la eficiencia del sistema de pagos. No obstante, aún no se publicó la nueva Comunicación que oficialice el cambio.
Según estimaciones de fuentes del sector, el restablecimiento de los cobros interbancarios podría reducir la mora entre 2 y 4 puntos porcentuales y abaratar tasas y plazos al mejorar el flujo de cobranza.

Claves operativas del nuevo esquema
Aunque todavía no hay texto normativo, se anticipan cuatro pilares técnicos en la futura regulación:
- Consentimiento reforzado: cada cliente deberá autorizar expresamente el débito, con registro verificable y derecho de revocación.
- Infraestructura interoperable: el sistema requerirá canales entre bancos y PSP (COELSA, Red Link, Banelco o Transferencias Inmediatas “pull”).
- Reversión simplificada y protección al usuario: habrá reglas similares a las de la Ley 25.065 y la Ley 26.361 para evitar débitos indebidos.
- Requisitos de compliance: probablemente, sólo podrían operar el mecanismo entidades financieras y PNFC registrados ante el BCRA, con trazabilidad digital y controles de la UIF.
Expectativas y cautelas
El anuncio generó entusiasmo especialmente entre las Fintech y Proveedores No Financieros de Crédito en general, que consideran que la medida permitirá mejorar la calidad del crédito y ampliar el acceso a financiamiento formal y algunas dudas en las compañías financieras reguladas por el artículo 2° de la Ley de Entidades Financieras.
Sin embargo, también se plantean precauciones regulatorias, especialmente respecto de cuentas con prestaciones sociales (AUH, SUAF), que podrían quedar excluidas del alcance del nuevo débito por razones de protección patrimonial.
A la espera de la Comunicación del BCRA
Hasta la fecha de cierre de esta nota, no se ha publicado aún la norma oficial que restablezca el débito interbancario. Fuentes del Banco Central confirmaron que el texto se encuentra en revisión final y podría ver la luz en las próximas semanas.
De concretarse, la medida marcará un hito para la interoperabilidad de los cobros financieros en Argentina, acercando al país a estándares internacionales de “open finance”, dinamizando el mercado de crédito y reduciendo la brecha regulatoria entre bancos y fintech.
Si bien todo parece estar bien encaminado, la nueva norma no debería dejar de contemplar:
- La posibilidad de cobrar cuotas a través de billeteras virtuales.
- Que su operatividad sea sencilla para no desalentar su uso.
- Rigurosidad en el control sobre su utilización, dado que la prohibición original se debió a abusos cometidos por algunos sectores de la industria que no hacían un correcto uso de la herramienta y esto perjudico al resto de los operadores y los propios clientes.
En la actualidad y según el último informe del BCRA, al mes de agosto 2025 hay 92 mutuales y cooperativas, inscriptas como Proveedores no Financiaros de Crédito, con carteras activas, que representan el 0,5 % del sistema financiero regulado, con un crecimiento interanual del 2,7 %. La mayoría de las operaciones la concentran 10 entidades con un 57 % de participación. La reactivación del sistema de débito directo interbancario, pondrá en manos de las mutuales un importante mecanismo para seguir creciendo en el servicio de ayudas económicas.















