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Cooperativas: el INAES aclaró que el aporte en concepto de capital es una aportación diferente al pago por contraprestación del servicio respectivo

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El organismo nacional rector del sector cooperativo lo esclarece a través de la Resolución 3867 / 2023, publicada en el BO el 28/9/2023.

La norma señala que el estatuto de la entidad debe determinar la aplicación del capital proporcional de acuerdo con las características de cada cooperativa.

Y que las liquidaciones o facturas que se emitan a los asociados deben discriminar adecuadamente el importe del capital y el que corresponde a la contraprestación del respectivo servicio.

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