Tarjeta de Crédito – Importes Mínimos a retener de IVA y Ganancias, $ 2.000.-

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Dr. CP Norberto Dichiara
Dr. CP Norberto Dichiara
Director del "Estudio Dichiara & Asoc. Consultores en Ciencias Económicas". Brown Nº 2.063 7º piso of. 1 (2000) Rosario - Pcia. de Santa Fe Tel: 0341-426.5434 (líneas rotativas) E-mail: administracion@dichiarayasociados.com.ar

A LAS ENTIDADES MUTUALES Y COOPERATIVAS EMISORAS DE TARJETAS DE CRÉDITO:

La AFIP publicó la RG Nº 5.370 que actualiza los montos de diversas resoluciones. Si su entidad es emisora de tarjeta de crédito y compra, y actúa como agente de retención de impuestos nacionales, cuando le abona al comerciante, se elevan los importes, a partir del cual, su entidad le retiene:

ImpuestoNormaImporte anterior a partir del cual se reteníaImporte actual, a partir del cual se retiene
IVARG Nº 140$ 900.-$ 2.000.-
GananciasRG Nº 4.011$ 900.-$ 2.000.-

La norma rige para los pagos que se realicen a los comercios adheridos, a partir del 01-07-2023.

Les sugerimos coordinar con su programador.

La norma establece que los montos mínimos a retenerle a los comercios adheridos, se ajustarán anualmente por el coeficiente que surge de la variación anual del índice de precios al consumidor, correspondiente a diciembre del año anterior, cuyo importe publicará la AFIP en abril de cada año y regirán desde el mes de mayo.

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