miércoles 15 | abril 2026
19.4 C
Buenos Aires

En Diciembre de 2026 se cumplirán 100 Años de la Ley 11.388 de Sociedades Cooperativas

Recomendadas

Felipe Rodolfo Arella
Felipe Rodolfo Arella
Lic. en Cooperativismo y Mutualismo (UMSA). Magíster en Animación Sociocultural (Universidad de Sevilla). Ex-Presidente del CGCyM. Periodista, docente e investigador especializado en Economía Social y Solidaria, Género y Desarrollo Local.

Un poco de historia

El crecimiento del número de cooperativas que se iba produciendo en las primeras décadas del siglo pasado de manera paulatina y constante como resultado de la prédica de numerosos hombres públicos de nuestro país, imbuidos en las doctrinas y resultados prácticos de similares organizaciones europeas, hizo pensar en la necesidad de contar con una normativa legal específica para reglar la fundación, características y desarrollo de estas entidades.

Fueron abundantes los esfuerzos orientados hacia el logro de una ley y cabe mencionar los dos congresos de la cooperación que se organizaron en 1919 y 1921 impulsados por el Museo Social Argentino y que tuvieron lugar, respectivamente, en la ciudad de Buenos Aires y en la ciudad de Paraná, Entre Ríos. En estos cónclaves los directivos y promotores del cooperativismo plasmaron en las respectivas actas el reclamo del sector para que los legisladores sancionaran una ley de cooperativas.

Importa señalar que también numerosos legisladores y hasta el Poder Ejecutivo nacional elaboraron diversos proyectos de ley para las cooperativas, los que no tuvieron sanción y perdieron su estado parlamentario.

Esos proyectos estaban referidos, principalmente, a la organización de cooperativas agrícolas o cajas de crédito agrícola por ser en esa área de la economía donde se estaban fundando la mayor cantidad de cooperativas porque los chacareros querían resguardar el valor de su trabajo, para lo cual la concentración de la oferta de los granos en cooperativas era una herramienta eficaz para alcanzar ese objetivo ya que esta sociedad podría negociar en mejores condiciones con los acopiadores, industriales y exportadores.

La exposición de motivos de Mario Bravo

Cuando el gobierno de Marcelo T. de Alvear envía a la Cámara de Senadores su proyecto de ley general para las cooperativas, es girado a la comisión de Códigos de esa Cámara, la que estaba presidida por Francisco Melo, radical, y el estudio de la conveniencia de su sanción recae en Mario Bravo, socialista.

Mario Bravo (foto de portada) elaboró un informe sumamente valioso para conocer la historia del cooperativismo nacional y del mundo hasta ese momento –1926–, como así también consideraciones contundentes acerca de la necesidad de favorecer y proteger el desarrollo cooperativo en la Argentina y fue el miembro informante de la Comisión ante el Senado, a quien presentó un proyecto mejorado sobre la base del elaborado por el Poder Ejecutivo, el que fue aprobado y girado a la Cámara de Diputados, que le introdujo algunas modificaciones, especialmente en el tema del fomento económico de las cooperativas que dio lugar a una ley específica (Nº 11.380) que, paradójicamente, fue sancionada antes que la ley orgánica de las cooperativas (Nº 11.388).

La ley de cooperativas fue sancionada el 20 de diciembre de 1926 y publicada en el Boletín Oficial el 27 de diciembre del mismo año.

Un homenaje y reconocimiento

Consideramos que será oportuno homenajear a los legisladores que sancionaron la primera ley de cooperativas de nuestro país, así como reconocer a tantos impulsores y organizadores de entidades cooperativas que paulatinamente, a lo largo del tiempo, contribuyeron a forjar una economía solidaria y equitativa en diversos rubros de la actividad humana, desde las cooperativas de base, las federaciones y confederaciones.

El Colegio de Graduados en Cooperativismo y Mutualismo, en 2006, organizó una conferencia magistral a cargo del doctor Dante Cracogna en la sede de la Universidad del Museo Social Argentino con la finalidad de conmemorar los ochenta años de la sanción de esa ley, que fue reemplazada por la actual 20.337, complementada por numerosas resoluciones del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social.

Fuente: Arella, Felipe Rodolfo y Flores Aranda, Aurelio: Exposición de motivos de la ley N° 11.388 presentada a la Cámara de Senadores en 1926 por el senador Mario Bravo; Universidad de Belgrano; Área de Estudios en Cooperativismo y Mutualismo; Documento de Trabajo N° 195; Buenos Aires, noviembre de 2007.

Últimas noticias

Córdoba: ya está el temario para la próxima reunión del Consejo de Administración de UCELCA

El encuentro está previsto para el jueves 23 de abril, desde las 10.00 hs., en la sede administrativa de...

Noticias relacionadas