El Gobierno de Chubut dispuso, mediante el Decreto Nº 1185/2026, la eliminación de los códigos de descuento que permitían a mutuales, cooperativas, federaciones y entidades análogas efectuar retenciones directamente sobre los haberes de trabajadores de la Administración Pública provincial. La norma fue dictada el 5 de agosto y publicada posteriormente en el Boletín Oficial de la provincia.
La medida alcanza a la Administración Pública Provincial Central y a los organismos descentralizados y establece un plazo de 30 días corridos para que los servicios administrativos y las áreas encargadas de la liquidación de haberes concreten la baja de los códigos alcanzados.
El decreto deroga las autorizaciones otorgadas mediante normas anteriores a asociaciones mutuales, federaciones mutuales, cooperativas y entidades similares. El mecanismo permitía descontar directamente de los recibos de sueldo obligaciones asumidas por los trabajadores con esas entidades, incluyendo cuotas sociales, servicios y operaciones crediticias.
Cómo funcionaba el sistema
Los códigos de descuento tenían respaldo en la normativa provincial y venían siendo utilizados desde hacía años por distintas organizaciones.
La Ley I Nº 109 y su reglamentación establecieron el régimen mediante el cual determinados conceptos podían ser retenidos de los haberes de agentes públicos. Las autorizaciones eran concedidas individualmente mediante decretos provinciales.
Existen numerosos antecedentes oficiales. En abril de 2023, por ejemplo, el Gobierno autorizó a Creditan Cooperativa de Vivienda, Crédito y Consumo Limitada a utilizar códigos de descuento sobre los haberes de afiliados de la administración provincial por conceptos de cuota social y servicios brindados por la entidad. El propio decreto señalaba que la autorización se ajustaba a la Ley I Nº 109 y al Decreto Nº 1040/1996.
También durante la actual gestión provincial continuaron otorgándose autorizaciones bajo el mismo régimen. En octubre de 2024, un decreto firmado por el gobernador Ignacio Torres autorizó descuentos sobre haberes del personal docente pasivo para el cobro de la cuota social de una entidad gremial, nuevamente con fundamento en la Ley I Nº 109 y el Decreto Nº 1040/1996.
Esto muestra que los códigos no estaban vinculados únicamente a préstamos: también constituían un mecanismo de cobranza para cuotas sociales y otras prestaciones.
Los argumentos del Gobierno de Chubut
La decisión fue presentada por el Ejecutivo provincial como una medida destinada a proteger la intangibilidad de los salarios de los empleados públicos.
El Gobierno sostuvo que la utilización del sistema estatal de liquidación de haberes para el cobro de obligaciones privadas generaba cargas administrativas y suponía destinar recursos públicos a relaciones económicas entre los trabajadores y terceros. Ese criterio fue incorporado entre los fundamentos difundidos junto con el Decreto 1185.
En los días previos y posteriores a la medida, el gobernador Ignacio Torres cuestionó además determinadas operatorias crediticias realizadas mediante estos mecanismos y denunció la existencia de préstamos con tasas que, según afirmó públicamente, llegaron a superar el 340% anual.
El señalamiento del Gobierno está dirigido especialmente a operaciones financieras que considera abusivas. Esa cifra corresponde a la denuncia formulada públicamente por el Ejecutivo provincial y no implica que todas las mutuales o cooperativas alcanzadas por la eliminación de los códigos hayan aplicado esas condiciones.
Qué descuentos continúan
El Decreto 1185 establece excepciones.
Según la norma, continuarán operando determinados descuentos vinculados al Banco del Chubut S.A., al Instituto de Seguridad Social y Seguros (SEROS) y al Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano (IPVyDU). También permanecen fuera del alcance de la medida las retenciones derivadas de disposiciones legales o judiciales.
De este modo, la decisión no significa la eliminación absoluta de los descuentos sobre los haberes provinciales, sino la supresión de las autorizaciones otorgadas a las entidades privadas y asociativas comprendidas por el decreto.
Un criterio diferente en la Administración Pública Nacional
La decisión de Chubut se produce pocos meses después de que el Poder Ejecutivo Nacional modificara también su régimen de deducción de haberes, aunque adoptando un modelo diferente.
El Decreto Nacional Nº 352/2026, publicado el 15 de mayo, aprobó un nuevo régimen de descuentos para el personal de la Administración Pública Nacional y creó un registro de entidades participantes.
A diferencia de la decisión adoptada en Chubut, la normativa nacional mantiene la posibilidad de que mutuales y cooperativas utilicen códigos de descuento, siempre que cumplan las condiciones de inscripción y permanencia establecidas por la autoridad de aplicación.
El decreto nacional dispone que las entidades deben registrarse, identificar las prestaciones ofrecidas y obtener la asignación de los códigos correspondientes. La autoridad de aplicación puede controlar el cumplimiento de los requisitos y retirar la autorización cuando dejen de cumplirse las condiciones establecidas.
El nuevo esquema nacional también establece límites sobre la afectación de los haberes y procura ordenar el mecanismo mediante condiciones uniformes de registración y control.
Se configuran así dos respuestas regulatorias diferentes frente a un mismo instrumento: mientras Chubut decidió eliminar las autorizaciones concedidas a mutuales, cooperativas y entidades similares dentro de su administración pública, el Estado nacional optó por conservar los códigos de descuento bajo un régimen reformulado de registro, límites y fiscalización.
La implementación efectiva del Decreto 1185 durante las próximas semanas permitirá dimensionar el alcance de la medida sobre las entidades que utilizaban este mecanismo y sobre los empleados públicos provinciales que mantenían obligaciones canalizadas mediante descuentos directos de sus haberes.














