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Nuevo programa de agricultura familiar abierto a entidades solidarias, ONGs y organismos gubernamentales

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Economía Solidaria es un medio de prensa especializado en el sector cooperativo y mutual argentino que reúne las noticias más relevantes del campo asociativo, en favor de su fortalecimiento, integración y visibilidad. Propiedad del Colegio de Graduados en Cooperativismo y Mutualismo (CGCyM)

Las mutuales de todo el país podrán presentarse a la convocatoria abierta del Ministerio de Agricultura Ganadería y Pesca de la Nación para la creación de una UPAF (unidad productiva de agricultura familiar).

El fin de la convocatoria busca generar más y mejor producción, generar empleo o sostenerlo. La iniciativa asume la potencialidad de la Agricultura familiar, campesina e indígena como la principal generadora de alimentos y abastecimiento local.

Para ver el manual operativo del programa, donde se puede visualizar la documentación a presentar y el formulario hacer click acá.

El Programa de promoción, arraigo, y abastecimiento local (PROTAAL) fue creado por Resolución N° RESOL-2020-163-APN-MAGYP de fecha 7 de agosto de 2020 del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, con el fin de brindar asesoramiento técnico, financiamiento y apoyo a los gobiernos y organizaciones para la producción local de alimentos y la generación de trabajo. Son sujetos del programa Productores/as de la Agricultura Familiar, Campesina e Indígena definidos en el Artículo 5° de la Ley N° 27.118, y trabajadores desocupados o subocupados de la economía popular, organizados o no en instituciones tales como cooperativas, asociaciones o municipios.

Tipo de ventanilla: Permanente.

Monto máximo: Si el proyecto es presentado a través de personería jurídica (Cooperativa, Asociación, Municipio, etc.) será de hasta QUINIENTOS (500) SMVM = $ 16.500.000 (teniendo en cuenta que el SMVM de 02/2022 es de $ 33.000).

Se podrá financiar la inversión en los siguientes conceptos:

• Herramientas

• Equipos

• Insumos

• Infraestructura y/o materiales para su refacción y/o ampliación.

• Maquinarias y vehículos

• Honorarios profesionales o Idóneos de como máximo TRES (3) SMVM por un período máximo de DOCE (12) meses, no pudiendo superar el DIEZ POR CIENTO (10%) del total del proyecto.

No se podrá financiar:

• Servicios públicos

• Impuestos

• Compra de Inmuebles

Fuente: CAM

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