Crédito fiscal para cooperativas de trabajo
Interés: Cooperativas
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL:
https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/resoluci%C3%B3n-769-2023-384645/texto
Por esta norma se habilita el llamado para la presentación de proyectos, en el marco del Régimen de Crédito Fiscal, y que comprende como sujetos destinatarios, entre otras empresas, a las cooperativas de trabajo.
Estas podrían presentar propuestas hasta el treinta por ciento (30%) de la suma total de los retornos en concepto de retribución del trabajo realizado por los trabajadores asociados abonados en los doce (12) meses previos a la solicitud, siempre y cuando no superen los pesos cinco millones ($5.000.000).
El destino de los fondos será para Formación Profesional o para Certificación de Calidad, y uno de los principales requisitos es el de expresar la voluntad de incorporar como asociados, a personas desocupadas; en tal caso, podrán recibir un estímulo extra. Las entidades solicitantes -denominadas a estos efectos Organismos Responsables-, podrán incluir entidades con denominación de Organismos Adherentes, a los efectos del diseño e implementación de las propuestas.
Luego de aprobada la rendición de los fondos recibidos, la cooperativa recibirá un Certificado de Bono Fiscal, para aplicar a la cancelación de obligaciones impositivas nacionales.
La fecha límite para la presentación de propuestas es el 30 de septiembre de 2023.
Proyectos de capacitación bajo el Régimen de Crédito Fiscal
Interés: Cooperativas y Mutuales
MINISTERIO DE ECONOMÍA:
https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/resoluci%C3%B3n-216-2023-384159/texto
Bajo el Régimen de Crédito Fiscal, la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo convoca a la presentación de proyectos por parte de entidades sin fines de lucro -además de las lucrativas- para financiar proyectos que contengan actividades de capacitación y/o capacitación asistida, que tengan por objeto desarrollar y promover el crecimiento de las entidades, el fortalecimiento de la cadena de valor para nuevas empresas o emprendedores/as, la capacitación asistida de equipos para la ejecución de proyectos asociativos entre sí y el fortalecimiento de infraestructura para la capacitación PyME y que se encuentren comprendidos en alguna de las cinco siguientes modalidades:
- 1. Capacitación del personal;
- 2. Capacitación de emprendedores/as de la cadena de valor;
- 3. Cesión de Grandes Empresas y/o MiPyMES de su cadenavalor;
- 4. Capacitación para la promoción de grupos asociativos MIPyMES;
- 5. Fortalecimiento de infraestructura para la capacitación PyME.
Las entidades beneficiarias podrán obtener un reembolso de hasta el 100% -mediante la emisión del correspondiente Certificado de Bono Fiscal- según la modalidad elegida. Cabe destacar que los actores principales son: el Cedente, que es quien proporciona su cupo de crédito fiscal, según las condiciones establecidas; el Beneficiario, que es quien recibe los recursos; y la Unidad de Capacitación (UCAP). También están las instituciones intermedias de apoyo PyME, como: Agencias de Desarrollo Regional; Institutos de Desarrollo Local; Cámaras Empresarias; Universidades Públicas Nacionales/provinciales, sus cooperadoras o fundaciones; y otras instituciones promovidas a partir de los Planes de Desarrollo Regional impulsados por la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo.
En lo que se refiere a los montos máximos, las entidades deben establecer su ubicación en los parámetros estipulados por la Secretaría, y que en general están en el orden del 30% de su masa salarial bruta.
La convocatoria cierra el 30 de septiembre de 2023.
Procedimiento de Gestión de Conflicto de Interés
Interés: Cooperativas y Mutuales
INAES:
https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/resoluci%C3%B3n-2337-2023-385147/texto
Esta normativa es de aplicación interna, aunque es de interés, no tiene repercusión en mutuales y cooperativas.
Subsidios a mutuales y cooperativas del sector de la comunicación comunitaria
Interés: Cooperativas y Mutuales
ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES:
https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/resoluci%C3%B3n-575-2023-383414/texto
La finalidad es la brindar apoyo a mejoras del equipamiento y adecuación edilicia para el fortalecimiento del sector de la comunicación comunitaria, en la que se comprende a mutuales y cooperativas, que, a la fecha de su presentación, cuenten con licencia, permiso, reconocimiento vigente en los términos de la Resolución N° 753–COMFER/06, empadronados en los términos de la Resolución N° 1102- AFSCA/15, o que se encuentren situados en áreas y zonas de fronteras.
El monto máximo a otorgarse en concepto de subsidio a los destinatarios cuyos proyectos resulten aprobados será de hasta: $4.000.000 por proyecto de la Sublínea Radio, de $ 7.000.000 por proyecto para la Sublínea Televisión – Modalidad Licenciatario Operador; y de $5.500.000 por proyecto para la Sublínea Televisión – Modalidad Licenciatario y Autorizado.















