Hace seis años se publicó un libro escrito por Pablo Servigne y Raphaël Stevens, titulado “Cómo todo puede colapsar: Pequeño manual de colapsología para las actuales generaciones”, en el cual se presenta un panorama negro para la continuidad de la vida en la Tierra de todas las especies, incluida la humana, como consecuencia de la creciente y desaprensiva actividad industrial.
Esta obra se engarza con la labor de advertencia que vienen desarrollando numerosas organizaciones de protección del medioambiente como el Fondo Mundial para la Naturaleza (1961), Greenpeace (1971), Defensores de la Vida Silvestre (1947) y Earth Action (1992), entre otras muchas.
Resulta interesante que la Organización de las Naciones Unidas hubiese convocado a una conferencia sobre el Medio Humano celebrada en Estocolmo del 5 al 16 de junio de 1972 y que veinte años después organizará otra en Río de Janeiro sobre Medio Ambiente y el Desarrollo, más conocida como “Cumbre de la Tierra”. Esta quizás haya sido impulsada por los cambios climáticos que se fueron generando en esas dos décadas por la actividad económica creciente y que ahora se estén desarrollando los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), elaborados por ese organismo internacional que tienen como meta mejorar la calidad de vida hacia el 2030.
El colapso
Según las predicciones de Servigne y Stevens y de otros autores que están en el mismo campo de investigaciones, el momento del colapso está cercano y se producirá un cambio total en la vida humana y en el ambiente, ya que las grandes empresas se resisten a introducir mejoras en sus sistemas industriales, continuando en la irracional explotación de los recursos naturales. La nueva humanidad que sobrevivirá al colapso volverán a las prácticas preindustriales de producción y comercio.
Estas visiones apocalípticas enervan a unos y producen adhesiones emotivas en otros muchos, ya que éstos encuentran una justificación a sus frustraciones al localizar en el capitalismo, el industrialismo y la investigación científicas a los causantes de los fenómenos naturales que, sin duda alguna, se producen por las actividades de los humanos. Pocos piensan, y si lo hacen no lo dicen, que el crecimiento demográfico hace que aumente la necesidad de darles alimentos, vestimentas, albergue, medios de transporte, más energía eléctrica, agua potable, entre otras muchas cosas. Por otra parte, el consumo incrementado de bienes y servicios por las demandas de los nuevos habitantes de la Tierra producen basura de todo tipo, algunas degradables y otras no y sus propios excrementos. Todo ello impacta en el medio ambiente.
Entonces, me pregunto: ¿es posible satisfacer las nuevas demandas sin que haya impactos negativos en el medio ambiente? Creo que sí y que es necesario tomar conciencia del problema, recurrir a la ciencia y tecnología para mitigar las consecuencias del uso de los recursos primarios y sus respectivos residuos producto de su transformación o utilización, educar sin asustar, respetar las legislaciones de protección medioambiental vigentes en cada país y sancionar a quieres no la cumplen.
La historia geológica de la Tierra registra un sinnúmero de acontecimientos catastróficos no derivados de la actividad de los hombres. Tales son los terremotos, las erupciones volcánicas, glaciaciones, erosión hídrica, desertificación, sequías e incendios de bosques y praderas, maremotos e impactos de meteoritos como el que hace unos 65 millones de años fue la causa de la desaparición de los dinosaurios. Si a estos fenómenos les sumamos la desaprensiva e irresponsable actividad humana, es seguro que se cumplan los pronósticos de los colapsólogos más extremos.
Algunas leyes ambientales
Compartimos los siguientes marcos normativos para el desarrollo económico con perspectiva ambiental:
Leyes Nacionales
- Art. 41 Constitución Nacional
- Ley Nacional 25.612 Gestión Integral de Residuos Industriales y de Actividades de Servicios
- Ley Nacional 25.675 Ley General del Ambiente
- Ley Nacional 25.688 Régimen de Gestión Ambiental de Aguas
- Ley Nacional 25.831 Régimen de Libre Acceso a la Información Pública Ambiental
- Ley Nacional 25.916 Gestión de Residuos Domiciliarios
- Ley Nacional 26.331 Ley de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos
- Ley 27279 Presupuestos mínimos de protección ambiental para la gestión de los envases vacíos de fitosanitarios y Decreto Reglamentario
Leyes Provincia de Buenos Aires
- Artículo Nº 28 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires
- Ley 11723. Ley Integral del Medio Ambiente y los Recursos Naturales
- Ley 13868. Prohibición en la Provincia de Buenos Aires, el uso de bolsas de polietileno y todo otro material plástico convencional
- Ley 14343. Regula la identificación de los Pasivos Ambientales
Leyes Provincia de Córdoba
- Constitución de la Provincia de Córdoba
- Decreto 2131-00
- Ley 5589 Código de agua
- Ley 7343 De Ambiente
- Ley 8863 Ley de Consorcios de Conservación de Suelos
- Ley 8936 de Conservación de Suelos
- Ley 8936 Decreto Reglamentario
- Ley 9164 Ley de Agroquímicos
- Ley 9164 Decreto Reglamentario
- Ordenamiento territorial 9814
- Ley 9306 SICPA Sistemas Intensivos y Concentrados de Producción Animal
- Dto. 0101/04: Impacto Ambiental
Leyes Provincia de Entre Ríos
- Dec. 5837/1991 Impacto Ambiental
- Dec. 4977/09 Realización de Estudios de Impacto Ambiental
- Res. 133/09 De Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos
Leyes Provincia de Mendoza
- Ley N° 5961 de Preservación del ambiente, territorio resguardo, equilibrio ecológico y desarrollo sustentables
- Decreto N° 2109/94 Reglamentario de la ley N° 5961
- Decreto N° 1452/2003 Establece categorizaciones de obras de agua potable y saneamiento
Leyes Provincia de Santa Fe
- Ley 11717: Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable
- Ley 11872: Prohibición de desmalezamiento por quema y quema de basurales a cielo abierto
- Ley 13055: Concepto de “Basura Cero” para la gestión de los residuos sólidos urbanos
- Decreto 1844/02: Residuos Peligrosos
Ilustración: Matías Roffé















