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Acerca de las resoluciones N° 4056-17 (ARCA) y 1.038-26 (INAES)

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Dr. CP Norberto Dichiara
Dr. CP Norberto Dichiara
Director del "Estudio Dichiara & Asoc. Consultores en Ciencias Económicas". Brown Nº 2.063 7º piso of. 1 (2000) Rosario - Pcia. de Santa Fe Tel: 0341-426.5434 (líneas rotativas) E-mail: administracion@dichiarayasociados.com.ar

(En colaboración con CP SOFIA PILLON)

Les remitimos la nota N°1937943, de la División Gestión del Intercambio Automático de Información de ARCA, que formula precisiones, que les sintetizamos:

  1. La resolución N° 1.038-26, rige para las operaciones realizadas en ahorros, entre el 01-01-2026 y el 31-12-2026.
  1. El vencimiento para presentar el Formulario 8.301, del primer período a informar (período 2026), operará el 30-06-2027.
  1. En esta primera declaración jurada a informar (año 2026, que vence el 30-06-2027), se informan las cuentas financieras declarables identificables, según la norma que establece la resolución N° 4.056-17 de ARCA.
  1. Si su mutual no identificó cuentas financieras declarables durante todo el año 2026, deberá cumplir con la obligación , presentando la declaración jurada, informando a ARCA, “SIN CUENTAS A INFORMAR”, cuyo primer vencimiento opera el 30-06-2027; la información se presenta mediante un archivo “txt”, respetando la estructura que prevé en la Sección 4, del Manual “Régimen de Información de cuentas Financieras – CRS y FATCA”, VERSIÓN 200.
  1. Esta presentación la deberá efectuar su entidad, anualmente, a través de la página de ARCA, “Presentación de ddjj y pagos”; les recordamos que la falta de presentación genera multas.
  1. Una vez remitido el archivo a ARCA, este Organismo efectuará los controles sistémicos; el resultado del procesamiento, será comunicado por ARCA a su entidad, al “Domicilio Fiscal Electrónico” (DFE). Esta ddjj solo se considerará presentada y vigente, una vez obtenida la correspondiente confirmación en el DFE.    
  1. Si la ddjj que su entidad presentó contiene inconsistencias, será rechazada por ARCA, debiendo presentarla nuevamente.; este rechazo, significa que la ddjj NO fue presentada; les sugerimos presentarla con mucha anticipación al 30-06-2027, para recibir la conformidad de ARCA o bien, corregir los motivos del rechazo, evitando las multas automáticas.
  1. Les sugerimos coordinar con su programador.

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