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Sobre la modificación de fechas de vencimientos – Impuestos – RG nº 5.323

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Dr. CP Norberto Dichiara
Dr. CP Norberto Dichiara
Director del "Estudio Dichiara & Asoc. Consultores en Ciencias Económicas". Brown Nº 2.063 7º piso of. 1 (2000) Rosario - Pcia. de Santa Fe Tel: 0341-426.5434 (líneas rotativas) E-mail: administracion@dichiarayasociados.com.ar

Les informamos a las entidades mutuales que la AFIP publicó la RG Nº 5.323, que anticipa las fechas de vencimientos, que operan en febrero 2023, con el siguiente detalle:

  1. Declaración jurada de IVA, que vencía el 27-02-23, se anticipa al 23-02-2023.
  2. Declaración jurada de IVA, que vencía el 28-02-23, se anticipa al 24-02-23.
  3. Si su entidad, actúa de agente de percepción del IMPUESTO PAIS, las percepciones practicadas entre el 16 y el 22-02-23, con vencimiento original para el 27-02-23, se anticipa el ingreso al 24-02-23.
  4. Si su entidad, actúa de agente de percepción del Impuesto a los Débitos y Créditos, las percepciones practicadas entre el 16 y el 22-02-23, con vencimiento original para el 27-02-23, se anticipa el ingreso al 24-02-23.

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