Les recordamos que el 28/02/2024 vence el plazo para realizar la presentación de la información estadística correspondiente al año 2023 que establece la Resolución 5076 de INAES.
Sobre la Resolución:
Con fecha 29 de noviembre de 2023 se publicó en el Boletín Oficial de la República Argentina la Resolución Nro. 5076/2023 (la “Resolución”) del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (el “INAES”), mediante la cual se establece que las cooperativas y mutuales que sean consideradas sujetos obligados según el artículo 20 inciso 20 de la Ley Nro. 25.246 y según la Resolución N° 99/2023 de la Unidad de Información Financiera (los “Sujetos Obligados”) deberán proporcionar al INAES cierta información estadística de la entidad en carácter de declaración jurada.
El objeto de esta Resolución es mantener actualizada la información en materia de eficacia y eficiencia de los sistemas de prevención del lavado de activos y financiamiento del terrorismo, siguiendo las recomendaciones emitidas por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI). En este sentido, cabe mencionar que el INAES había dictado previamente la Resolución Nro. 1182/2020 mediante la cual se requería a los Sujetos Obligados información estadística en relación a los períodos 2018, 2019 y 2020, siendo el objetivo de la nueva Resolución dicha información por los períodos 2021, 2022 y 2023.
Para más info, ver el escrito de Pablo Bisogno, Francisco Durán y Tomás Burllaile en https://abogados.com.ar/nuevo-regimen-informativo-para-mutuales-y-cooperativas-resolucion-50762023/33909















