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Programa ATP de Junio 2020 y Salario Complementario

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Dr. CP Norberto Dichiara
Dr. CP Norberto Dichiara
Director del "Estudio Dichiara & Asoc. Consultores en Ciencias Económicas". Brown Nº 2.063 7º piso of. 1 (2000) Rosario - Pcia. de Santa Fe Tel: 0341-426.5434 (líneas rotativas) E-mail: administracion@dichiarayasociados.com.ar

Hace unos días, el Poder Ejecutivo Nacional, emitió el Decreto Nº 520-20, relacionados con la pandemia COVID 19, cuya copia les adjuntamos; en el mismo se establecieron 2 zonas geográficas que se diferencian:

a) Áreas que mantienen el AISLAMIENTO.

b) Áreas que pasan a la etapa de DISTANCIAMIENTO.

 ¿Que indica el Decreto Nº 520-20?

a)    Mantener el “Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio – ASPO”, en el AMBA (Capital Federal y 40 partidos del Gran Buenos Aires) + el Departamento de San Fernando de la Provincia del Chaco + los departamentos de Bariloche y Gral Roca en Rio Negro + el departamento de Rawson en Chubut + la ciudad de Córdoba y su aglomerado urbano en dicha provincia.

b)    Establecer el  “Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio – DISPO”, en el resto del país.

La Jefatura de Gabinete de Ministros emitió la Decisión Administrativa. emitió la Decisión Administrativa Nº 1.133-20, con los anexos 1 y 2, mientras que la AFIP emitió la Resolución General 4.746/20.

En el otorgamiento del beneficio del “Programa ATP”, en nuestra región, será de $ 16.875.-, es decir 1 Salario Mínimo Vital y Móvil (los anteriores beneficios, llegaban hasta $ 33.750.-,, 2 SMVM).

Los ingresos (su facturación) del empleador de mayo 2020, NO pueden superar en un 5 % a los ingresos de mayo 2019, para acceder al beneficio del ATP de junio.

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