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Comentarios sobre la nueva resolución del INAES referida a las Asambleas

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Dr. CP Norberto Dichiara
Dr. CP Norberto Dichiara
Director del "Estudio Dichiara & Asoc. Consultores en Ciencias Económicas". Brown Nº 2.063 7º piso of. 1 (2000) Rosario - Pcia. de Santa Fe Tel: 0341-426.5434 (líneas rotativas) E-mail: administracion@dichiarayasociados.com.ar

El 24 de noviembre, el Boletín Oficial publicó la Resolución Nº 1.015-20 del Directorio del INAES. Sobre el particular, les formulamos las siguientes apreciaciones:

  1. En los considerandos de la resolución, se mencionan las anteriores resoluciones del INAES, Nº 358-20 y Nº 583-20, relacionadas con las zonas geográficas.
  2. Zonas donde rige el “Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio” (ASPO), donde la celebración de las asambleas presenciales no estaría habilitada, salvo excepciones vigentes en dichas áreas.
  3. Zonas donde rige el “Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio” (DISPO), donde las asambleas presenciales podrán realizarse siguiendo los protocolos de bioseguridad, vigentes en cada localidad.
  4. El artículo 1º, establece “Aclárase que se encuentra permitido a las entidades, la celebración de Asambleas presenciales en las localidades y zonas donde rija el Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio (D.I.S.P.O.), cumpliendo con los protocolos y exigencias referidas a bioseguridad vigentes que dispongan las autoridades nacionales, provinciales y municipales. En iguales condiciones podrán realizar sus asambleas las cooperativas y mutuales ubicadas en lugares alcanzados por el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (A.S.P.O.) en la medida que sus asociados desarrollen actividades o servicios esenciales exceptuados de cumplir con ese aislamiento y la prohibición de circular”.
  5. En consecuencia, en cada provincia, se deberá contar con la autorización, para la concurrencia superior a diez personas, a una reunión; asimismo, cada intendente / presidente de comuna, deberá autorizar dicha asamblea, estableciendo el protocolo requerido, tales como, un polideportivo, estadio cubierto de basket, adecuada ventilación, controles de temperatura, barbijo, provisión de alcohol, que distancia entre silla y silla, asignación del asiento previo a cada asistente y demás condiciones de resguardo de los participantes.
  6. Un dato de interés que brinda el INAES es que, en el lapso de los condicionamientos de la pandemia, se realizaron más de 138 asambleas a distancia, cooperativas y mutuales, lo que demuestra la eficacia de las medidas de emergencia que, a este fin, se adoptaron.

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