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La salud se mete de lleno en la discusión por el nuevo texto constitucional santafesino

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En el marco de la Convención Reformadora de la Constitución de la Provincia de Santa Fe, la Comisión de Declaraciones, Derechos y Garantías llevó adelante el pasado martes 5 de agosto su segunda audiencia pública. La actividad se desarrolló en el Aula Magna de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Rosario (UNR), con una nutrida concurrencia de participantes provenientes de distintos sectores académicos, sociales y territoriales. Las intervenciones se orientaron a aportar miradas y propuestas para enriquecer los contenidos del capítulo de derechos que será debatido por la Convención.

Juan Pivetta, presidente de la Federación Argentina de Salud -FAMSA- y directivo de la Confederación Argentina de Mutualidades -CAM- en su exposición ante Comisión de Declaraciones, Derechos y Garantías, brindó un detallado recorrido histórico en el que señaló los importantes aportes en materia de salud del mutualismo en la provincia de Santa Fe. Pivetta aportó además datos de un relevamiento realizado por el sector mutual en el año 2017-2018, en el que se destaca la existencia en toda  Santa Fe de 87 mutuales en 36 localidades que brindan servicios de salud con un alcance de casi 600.000 personas en toda la provincia.

En ese marco institucional y sectorial es que desde el sector del mutualismo se presentaron propuestas al artículo 19, básicamente, que tienen que ver con la salud. Primero con el fundamento de que la salud es un derecho humano que fue formalmente establecido en la Argentina en el año 1946, justamente con la creación de la Organización Mundial de la Salud. Posteriormente, en el año 1948, la Declaración Universal de Derechos Humanos también reconoció la salud como parte del derecho y, finalmente, en el año 1966, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales ratificó la salud como un derecho humano fundamental.

Sobre esta base elemental y tan importante, Juan Pivetta expresó “Hacemos una propuesta que no modifica sustancialmente en muchos aspectos el artículo 19, pero sí que lo aggiorna a la actualidad. Nuestra propuesta dice que la provincia tutela la salud como derecho fundamental del individuo e interés de la colectividad, reconociendo y ordenando a todos los actores del sistema sanitario. Articulará todas las acciones destinadas a mantener y mejorar la salud de la población como así también velará por el real equilibrio de los recursos económicos y humanos destinados a la atención de la salud. Por supuesto que fortalecemos el rol del Estado como rector y garante del acceso a los sistemas de salud por parte de los habitantes y las distintas colectividades. Se debe reconocer que existe más de un actor. Si bien la salud es un derecho público independientemente de quien lo pueda garantizar, ya sea el sector público o estatal, el sector de seguridad social o el privado, es el Estado quien lo debe primero reconocer a los distintos factores que participan de este sistema y luego, por supuesto, garantizar el acceso equitativo universal por parte de todos los habitantes de Santa Fe”

Además, desde el mutualismo se propuso la creación de una organización técnica: para la promoción, protección y reparación de la salud, incluyendo evaluaciones de tecnologías sanitarias al servicio de las políticas públicas y la fijación de prioridades en un contexto de recursos escasos. También se propone el reconocimiento del medicamento como bien social: garantizando su accesibilidad y asequibilidad, respaldado por las leyes 16.462 y 16.463 del año 1964 y la resolución de COFELSA de año 2014. Finalmente, se planteó resaltar el “principio de autonomía” mediante el cual ningún paciente puede ser obligado a un tratamiento sanitario determinado.

Fuente: CAM

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