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Inspección UOCRA a cooperativa de trabajo: qué hacer ante una visita sindical

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Las cooperativas de trabajo, especialmente las vinculadas al sector de la construcción, pueden enfrentarse a situaciones delicadas cuando reciben una inspección UOCRA. A partir de consultas recientes dentro del sector, resumimos en este artículo qué hacer si ocurre una inspección UOCRA a una cooperativa de trabajo, y cómo prepararse para afrontarla adecuadamente.

1. ¿Quién puede inspeccionar una cooperativa de trabajo?

La UOCRA es una organización sindical con personería gremial en el sector de la construcción. Su competencia se circunscribe a los trabajadores bajo relación de dependencia laboral. En el caso de las cooperativas de trabajo, el vínculo entre los asociados y la entidad es de naturaleza asociativa, autónoma e independiente, conforme lo establece la Resolución INAES 4664/13. Por lo tanto, el sindicato no tiene facultades de fiscalización o inspección directa sobre las cooperativas.

2. Cómo acreditar el vínculo asociativo ante una inspección UOCRA

Ante cualquier inspección es fundamental poder acreditar:

  • Libro registro de asociados, debidamente actualizado y en línea con el INAES.
  • Liquidación de retribuciones de los asociados presentada vía INAES.
  • Legajo individual de cada asociado.
  • Acta de consejo donde conste su incorporación.
  • Póliza de seguro de accidentes de trabajo (ART) para los asociados.
  • Copia de la normativa vigente (por ejemplo, la Resolución 4664/13) que respalda el carácter no laboral de la relación.

3. La importancia del conocimiento interno

Uno de los riesgos que suele presentarse es que, al momento de una inspección UOCRA, los propios asociados no tengan en claro su condición dentro de la cooperativa y declaren sentirse empleados. Esto puede dar lugar a interpretaciones erróneas por parte de los inspectores del Ministerio de Trabajo. Por ello, resulta imprescindible que los asociados conozcan y comprendan su vínculo asociativo.

4. Seguridad e Higiene: una obligación indelegable

Independientemente de la forma jurídica, toda cooperativa de trabajo debe cumplir con las normas de seguridad e higiene laboral, incluyendo la provisión de los elementos de protección personal adecuados según la actividad.

5. El rol del Ministerio de Trabajo en la inspección a cooperativas de trabajo

Si bien el sindicato carece de facultades de inspección sobre cooperativas, el Ministerio de Trabajo sí tiene competencia para verificar las condiciones de trabajo. En estos casos, presentar la documentación mencionada permitirá acreditar la regularidad de la situación.

6. El buen trato ante cualquier visita

En la experiencia relatada por varios referentes, muchas de estas situaciones se resuelven mostrando con tranquilidad la documentación en regla. Sin embargo, si el accionar del sindicato resultara intimidatorio o improcedente, es recomendable no confrontar, documentar la situación, y en caso necesario, solicitar asesoramiento legal o recurrir a las autoridades competentes.

En síntesis, el mejor resguardo ante una inspección UOCRA a cooperativa de trabajo es la correcta organización documental, la formación permanente de los asociados y el cumplimiento efectivo de todas las normas de seguridad y salud laboral.


Estas recomendaciones surgen del intercambio sobre el tema al interior del Consultorio de Profesionales del Colegio de Graduados en Cooperativismo y Mutualismo (CGCYM).

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